Convocatoria de huelga para el 26 de octubre

24/10/2016

Más de un tercio del alumnado matriculado de 3º de ESO en adelante presentó el pasado día 21 una solicitud de “inasistencia colectiva” en apoyo de la huelga convocada para el día 26 de octubre en contra de la LOMCE, y en particular de las reválidas.

Puesto que se han cumplido todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, que pueden verse la página web del Instituto, la dirección ha concedido la autorización solicitada.

En consecuencia, los alumnos y alumnas de 3º de ESO, 4º de ESO y enseñanzas posobligatorias podrán no asistir a clase el próximo 26 de octubre. Estas ausencias no se registrarán como faltas de asistencia injustificadas; pero, salvo en el caso de los adultos emancipados, será imprescindible que los padres justifiquen la ausencia por escrito. La inasistencia, en su caso, no tendrá consecuencias académicas “relevantes”[1]; sin embargo, si un alumno falta y la clase se imparte, hará falta un esfuerzo adicional por su parte: es la misma situación que se da ante una falta de asistencia justificada. Puesto que tanto la solicitud como la autorización se refieren a la totalidad de la jornada escolar, quien secunde la convocatoria no podrá acudir al Instituto desde las 08:30 hasta las 14:25. La autorización concedida no tiene ningún efecto vinculante. Por lo tanto, el alumnado de esos cursos que desee asistir a clase podrá hacerlo. Si asiste, lo hará durante toda la jornada. En cuanto al alumnado de 1º y 2º de ESO, la normativa no le otorga el derecho a la “inasistencia colectiva”, por lo que deberá asistir a clase.

Para el mismo día, se ha convocado una hora de huelga para el profesorado: de 8:30 a 9:25. Durante esa hora, la Dirección debe garantizar la atención educativa al alumnado que asista a clase. No obstante, cuando tengan clase con profesorado que esté de huelga, la atención se limitará a “la mera custodia y vigilancia”, pues el trabajo del profesor en huelga no puede ser realizado por nadie.

Peralta, a 24 de octubre de 2016

El Director.


[1] En FP, la acumulación de faltas de asistencia, sean justificadas o no, sí que cuenta a efectos de pérdida del derecho a la evaluación continua.